La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Rodolfo C.R. a dos años de cárcel por transmitir el virus del sida a su novia, con la que mantuvo relaciones sexuales sin protección a sabiendas de que era portador del VIH.
En una sentencia notificada este viernes, la sección 27 de la Audiencia de Madrid, que preside la jueza María Tardón, ha considerado al acusado autor de un delito de lesiones agravadas causadas por imprudencia grave, con la concurrencia de la circunstancia de parentesco.
Además de la pena de prisión, el tribunal ha ordenado que indemnice a la víctima con 90.000 euros por las lesiones causadas, incluido el daño moral, y le ha impuesto la prohibición de acercarse a la mujer durante cinco años.
La sentencia declara probado que Rodolfo C.R., portador del virus VIH desde hacía muchos años y con tratamiento médico desde 1997, inició en 2006 una relación sentimental con la mujer, de nacionalidad peruana, "no contándole en ningún momento tal circunstancia, llegando a convivir juntos en el domicilio de él poco después".
En dos ocasiones, indica la sentencia, mantuvieron relaciones sexuales sin protección de ninguna clase, tras lo que le informó de su enfermedad pero asegurando que acababa de enterarse.
La mujer se hizo una prueba del sida en junio de 2006, que dio resultado negativo aunque, al explicarle los médicos que había un período en el que podía no detectarse la enfermedad, se la repitió en octubre, ocasión en la que sí dio positivo como portadora del VIH.
Según la sentencia, el acusado mintió al asegurar que las relaciones las había mantenido con preservativo y que ha faltado a la verdad en varias ocasiones a lo largo de toda la causa. Por el contrario, agrega, las declaraciones de la víctima han resultado "plenamente creíbles y veraces", por lo que considera que está plenamente acreditado que el contagio se produjo durante el mes de mayo y primeros días de junio de ese año.
En una sentencia notificada este viernes, la sección 27 de la Audiencia de Madrid, que preside la jueza María Tardón, ha considerado al acusado autor de un delito de lesiones agravadas causadas por imprudencia grave, con la concurrencia de la circunstancia de parentesco.
Además de la pena de prisión, el tribunal ha ordenado que indemnice a la víctima con 90.000 euros por las lesiones causadas, incluido el daño moral, y le ha impuesto la prohibición de acercarse a la mujer durante cinco años.
La sentencia declara probado que Rodolfo C.R., portador del virus VIH desde hacía muchos años y con tratamiento médico desde 1997, inició en 2006 una relación sentimental con la mujer, de nacionalidad peruana, "no contándole en ningún momento tal circunstancia, llegando a convivir juntos en el domicilio de él poco después".
En dos ocasiones, indica la sentencia, mantuvieron relaciones sexuales sin protección de ninguna clase, tras lo que le informó de su enfermedad pero asegurando que acababa de enterarse.
La mujer se hizo una prueba del sida en junio de 2006, que dio resultado negativo aunque, al explicarle los médicos que había un período en el que podía no detectarse la enfermedad, se la repitió en octubre, ocasión en la que sí dio positivo como portadora del VIH.
Según la sentencia, el acusado mintió al asegurar que las relaciones las había mantenido con preservativo y que ha faltado a la verdad en varias ocasiones a lo largo de toda la causa. Por el contrario, agrega, las declaraciones de la víctima han resultado "plenamente creíbles y veraces", por lo que considera que está plenamente acreditado que el contagio se produjo durante el mes de mayo y primeros días de junio de ese año.
No hay comentarios:
Publicar un comentario