SANTO DOMINGO. El Primer Juzgado de la Instrucción de San Cristóbal dictó auto de apertura a juicio e impuso prisión domiciliaria como medida de coerción al exalcalde de esa demarcación Raúl Mondesí, acusado de malversar más de 300 millones de pesos.
La jueza Rosa Mateo acogió la acusación presentada por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) contra Mondesí así como a Bienvenido Araújo Japa, secretario general del ayuntamiento de San Cristóbal; Antonio de Jesús Ferreira Guzmán, tesorero; y Edward Vianelo Pontier.
El exalcalde no podrá salir de su residencia sin autorización de juez durante seis meses y su expediente fue remitido al Tribunal Colegiado de San Cristóbal a fin de fijar audiencia para el conocimiento del juicio de fondo.
La magistrada Mateo impuso presentación periódica, impedimento de salida, pago de una fianza de un millón de pesos a los demás imputados.
El Ministerio Público los acusa de haber manejado los fondos del cabildo de forma discrecional sin cumplir con los procedimientos, elaborando los estados financieros sin criterios técnicos, además de que los impuestos retenidos no eran remesados, y que no cumplían mínimamente con el presupuesto.
En su escrito acusatorio señala que se pudo establecer que confeccionaban documentos falsos y que los usaban para la realización de contrataciones de servicios, en algunos casos relativos a la recogida de basura.
Establece además que los impuestos eran retenidos sin remitir a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), tienen deuda con la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), ausencia del pago 1x1000 del Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA), retenido a contratos de obras y el no pago del 1% de la Ley sobre Fondo de Pensiones de los Trabajadores del Área de la Construcción y todas sus Ramas Afines (FOPETCONS).
Igualmente que se hacían pagos en exceso por la realización de obras de infraestructura. Además, contratación de bienes, obras y servicios, violentando el procedimiento de compras establecido en la Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.
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