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miércoles, 22 de junio de 2011

Prostitutas rechazan zona de intolerancias


El Centro de Orientación e Investigación Integral (COIN) y el Movimiento de Mujeres Unidas (MODEMU) rechazaron el proyecto de ley que busca crear una zona de tolerancia para el ejercicio del trabajo sexual, calificándolo de discriminatorio, inconstitucional y violador de los derechos humanos.
Santo Rosario, director del COIN, y la regidora Jacqueline Montero, del MODEMU, dijeron que no es viable la propuesta legislativa sometida por los congresistas del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) Esther Mirelys, Juan José Morales Cisneros y Eugenio María Méndez.
“Hacemos un llamado a todos los sectores de la sociedad a que rechacen este proyecto, por discriminatorio, inconstitucional y violatorio de los derechos humanos y de la libertad de tránsito”, puntualizaron.
Indicaron que el gran reto que tiene pendiente la sociedad dominicana no es penalizar las actividades generadas por la pobreza y culpar a las víctimas de la desigualdad, sino mejorar la calidad de vida para la población, con políticas de desarrollo adecuadas. Un estudio realizado por el COIN en Santo Domingo y cuatro provincias del interior, más de 20 mil jóvenes de 15 a 25 años realiza el trabajo sexual, la mayoría expuestas al uso de droga, alcohol, contagio de infecciones de transmisión sexual, violencia y ruido.  Según la investigación, aproximadamente el 5 % de las trabajadoras sexuales de esos lugares presenta una prevalencia de VIH y 11 % de sífilis. “Los legisladores proponentes no pueden olvidar que las trabajadoras sexuales son víctimas de la pobreza extrema, la desigualdad y la violencia”.
UN APUNTE
Lo que dice el proyecto
Artículo 1.- Se establecen las llamadas zonas de tolerancia o zona rosa en las cuales podrán operar las trabajadoras sexuales, las cuales deberán  portar una tarjeta expedida por  Salud Pública . Artículo 2.- El Estado construirá las casas o lugares destinados para alojar a estas mujeres y garantizará su seguridad personal y de salud. Estos establecimientos deben estar censados y ubicados en zonas distanciadas de los centros residenciales, avenidas principales de la ciudad y los lugares o monumentos que tengan valor histórico, artístico o cultural para el país. Articulo 3.-  Salud Pública e  Interior y Policía harán los estudios debidos para determinar los lugares donde se establecerán

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